ASOCIACIÓN NACIONAL DE GERONTOLOGÍA SOCIAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE MENORES

Versión: 1.0
Fecha de aprobación: 29/09/205
Próxima revisión: 01/10/2026

1. POLÍTICA

1.1 Introducción y Declaración de Compromiso

Como parte de su misión de promover el envejecimiento activo, el diálogo intergeneracional y la inclusión social, la Asociación Nacional de Gerontología Social (ANGES) reconoce que el contacto con niños y jóvenes es una parte esencial de sus actividades, especialmente en programas que promueven la interacción entre generaciones en escuelas, instituciones y comunidades locales.
Esta Política de Protección de la Infancia y la Juventud establece los principios, normas y procedimientos que ANGES y todas las personas y entidades vinculadas a ella se comprometen a observar para garantizar la plena protección de los niños y jóvenes, previniendo cualquier forma de abuso, negligencia, explotación o violencia, así como promoviendo su bienestar, desarrollo y participación activa.
A efectos de esta política, ANGES adopta la definición de niño establecida en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989), ratificada por Portugal el 12 de septiembre de 1990, es decir, todas las personas menores de 18 años.

Por tanto, ANGES se compromete a

    • Respetar y promover los derechos de los niños y jóvenes en todas sus actividades;
    • Integrar el principio del interés superior del niño en todas las decisiones y proyectos;
    • Garantizar la protección de los niños y jóvenes contra toda forma de abuso físico, psicológico, emocional o sexual, negligencia, explotación o trato degradante;
    • Promover el derecho de los niños y jóvenes a participar y expresar su opinión sobre los asuntos que les conciernen, de acuerdo con su edad y nivel de madurez.

1.2 Principios rectores

Esta Política se rige por los siguientes principios, consagrados en la Constitución de la República Portuguesa, en la Ley para la Protección de Niños y Jóvenes en Peligro (Ley nº 147/99, de 1 de septiembre, con modificaciones posteriores), en la Ley nº 113/2009, de 17 de septiembre, y en otros instrumentos internacionales ratificados por el Estado portugués:

a) El interés superior del menor - prevalece en todas las decisiones y acciones;
b) Igualdad y no discriminación: ningún niño será discriminado por motivos de sexo, origen, religión, etnia, lengua, discapacidad u otra condición personal o social;
c) Protección contra toda forma de violencia, incluidos los malos tratos físicos, psicológicos y sexuales, la explotación económica o el abandono;
d) Privacidad y confidencialidad - respeto de la vida privada y la intimidad de los niños y sus familias;
e) Participación - derecho de los niños y jóvenes a ser escuchados y a tomar parte en las decisiones que les afecten;
f) Prevención e intervención precoz - rápida identificación de los riesgos y actuación inmediata cuando se tenga conocimiento de una situación peligrosa;
g) Proporcionalidad y necesidad - intervención sólo en la medida estrictamente necesaria para proteger al menor;
h) Responsabilidad parental - reconocimiento del papel de los padres y representantes legales, excepto cuando no puedan o no quieran cumplir sus deberes de protección.

1.3 Objetivos políticos

Los principales objetivos de esta Política son

    • Definir y normalizar los procedimientos internos de ANGES para la protección de niños y jóvenes;
    • Garantizar que todos los empleados, aprendices, voluntarios y socios conozcan, comprendan y apliquen los principios y normas de protección de la infancia y la juventud;
    • Prevenir y reducir el riesgo de abuso o explotación en el ámbito de las actividades de ANGES;
    • Asegúrate de que existen mecanismos claros para informar, hacer un seguimiento y responder a las preocupaciones o sospechas de abuso;
    • Fomentar una cultura organizativa de respeto, protección y promoción de los derechos de los niños, en colaboración con las autoridades nacionales y locales competentes.

2. PERSONAS Y RESPONSABILIDADES

2.1 Responsabilidad de la Dirección de ANGES

La Junta Directiva de ANGES asume la responsabilidad última de la aplicación de esta Política. Es responsable de:

    • Aprobar formalmente la Política de Protección de la Infancia y la Juventud;
    • Garantizar su difusión pública e interna;
    • Garantizar los recursos adecuados para su aplicación y seguimiento;
    • Nombrar a un Responsable de Protección de la Infancia y la Juventud, con funciones específicas
      para supervisar e informar; Garantizar el enlace con las autoridades nacionales responsables de la protección de la infancia y la juventud.

2.2 Responsabilidad de los empleados, aprendices y voluntarios

Todos los empleados, becarios y voluntarios de ANGES, independientemente de su cargo, tienen el deber de:

    • Conoce, respeta y aplica esta Política;
    • Garantizar activamente la seguridad y protección de los niños y jóvenes con los que entran en contacto;
    • Participar en los programas obligatorios de sensibilización y formación;
    • Comunicar de forma inmediata y fehaciente cualquier sospecha o situación de riesgo relacionada con niños o jóvenes.

2.3 Responsabilidad de los socios y organizaciones asociadas

Todas las organizaciones asociadas, contratistas o subcontratistas de ANGES que impliquen contacto con niños y jóvenes están obligadas a cumplir esta Política y deben firmar un término de adhesión y compromiso.

3. PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN

3.1 Reclutamiento y selección seguros

ANGES se compromete a adoptar procedimientos de contratación que garanticen la idoneidad de todas las personas que vayan a trabajar con niños y jóvenes, incluida la exigencia de un certificado de antecedentes penales, en los términos de la Ley nº 113/2009.

3.2 Asociaciones, contratos y subcontratación

Cualquier asociación o subcontratación debe ser evaluada previamente para comprobar que cumple esta Política. ANGES no establecerá relaciones contractuales con entidades que contradigan o pongan en peligro los derechos de los niños.

3.3 Formación, capacitación y comunicación interna

ANGES garantiza que la formación obligatoria sobre la protección de niños y jóvenes se lleva a cabo de forma periódica. La Política se divulgará a través de todos los canales internos, garantizando que todas las personas implicadas tengan acceso a información actualizada.

3.4 Gestión de datos, confidencialidad y privacidad

El tratamiento de datos personales de niños y jóvenes cumplirá el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la legislación nacional aplicable. La recogida, uso o difusión de datos o imágenes de niños requiere el consentimiento por escrito de sus padres o representantes legales, así como del propio niño si tiene 12 años o más.

3.5 Procedimientos de notificación, reclamación y respuesta

ANGES garantiza la existencia de mecanismos accesibles, confidenciales y seguros para presentar denuncias o quejas relacionadas con sospechas de abuso o violación de los derechos de los niños. Todas las denuncias serán registradas, evaluadas y remitidas inmediatamente a las autoridades competentes, salvaguardando siempre el interés superior del menor.

4. CÓDIGO DE CONDUCTA DE ANGES

Todos los profesionales, aprendices, voluntarios y socios de ANGES se comprometen a

    • Trata a todos los niños con respeto y dignidad, sin discriminación;
    • Evita cualquier comportamiento, lenguaje o actitud que pueda interpretarse como abusivo, negligente o irrespetuoso;
    • No establezcas relaciones personales o afectivas de naturaleza inapropiada con niños o jóvenes;
    • No utilices imágenes, vídeos o datos de menores para fines externos sin consentimiento formal;
    • Informa inmediatamente de cualquier preocupación o sospecha de violación de derechos.

5. APLICACIÓN, SEGUIMIENTO Y REVISIÓN

La aplicación de esta Política será supervisada por un Responsable de Protección de la Infancia y la Juventud nombrado por la Junta Directiva de ANGES.
Se realizará un seguimiento continuo y se presentará un informe anual a la Junta Directiva.
Esta Política se revisará periódicamente, al menos cada tres años, o siempre que lo justifiquen cambios legislativos o necesidades prácticas.

6. DISPOSICIONES FINALES

Esta Política de Protección de la Infancia y la Juventud entrará en vigor en la fecha de su aprobación por la Junta Directiva de ANGES y se publicará en el sitio web institucional de la asociación, en portugués y en inglés.

APROBACIÓN Y FIRMAS

Este documento ha sido aprobado por el Consejo de Administración de ANGES y entra en vigor en la fecha indicada.

Nombre: Ricardo Filipe da Silva Pocinho
Cargo: Presidente del Consejo
Fecha: 29/09/2025

Nombre: Sílvia Clara Laurido da Silva
Cargo: Tesorera del Consejo
Fecha: 29/09/2025